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El pasado mes de febrero, la Dirección General de Tráfico (DGT) comunicaba que, siguiendo con la política de transparencia en la gestión de la velocidad (...), publicará periódicamente en su página web los 1.200 tramos de vías en las que se intensificará la vigilancia de la velocidad con radares móviles.
Esta reciente comunicación reaviva el debate acerca de los radares de tráfico y su efectividad como dispositivos de control de la velocidad. ¿Son efectivos los radares como medida reductora de los accidentes de tráfico?, ¿es cierto que la presencia de un radar reduce la velocidad media de una vía?, ¿cuántos tipos de radares puedo encontrar en un trayecto?, ¿son todos los tipos de radar igual de efectivos?, ¿qué consecuencias traerá consigo hacer visibles los controles de velocidad?
En las siguientes páginas encontrarás las respuestas a estas y otras preguntas:
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El RACC ha presentado la auditoría “Motos en zona urbana de Madrid”, que ha estudiado los hábitos de comportamiento de los motoristas, la infraestructura vial disponible para este colectivo y los aspectos de sostenibilidad y accidentalidad relacionados con la movilidad en moto o ciclomotor. Esta auditoría es una actualización de la realizada en 2009 y permite comprobar una evolución positiva de los resultados obtenidos.
Los datos destacados del estudio son:
El 39% de los heridos graves en accidentes de tráfico en Madrid son motoristas.
Las infracciones en la conducción de motos en Madrid han disminuido en los últimos cinco años, aunque queda aún margen de mejora.
El 80% del parque de motocicletas y ciclomotores de Madrid tiene menos de 10 años y dispone de la tecnología Euro III, la menos contaminante.
Entre las recomendaciones del RACC derivadas de las conclusiones del informe figuran intensificar las campañas y la formación destinada a mejorar la seguridad del motorista, ampliar las plazas de estacionamiento de motos en calzada y mejorar el estado de la vía, o fomentar la renovación del parque por nuevas motos que incorporen ABS mediante el impuesto de circulación o la aplicación de un plan PIVE.
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Cumplimiento de la Directiva 2006/126/CE
La DGT se reúne con representantes de los consulados europeos para informarles sobre la renovación de los permisos de conducción comunitarios
Tendrán que renovarlo aquellos residentes comunitarios con dos o más años de residencia en España y cuyo permiso de conducción tenga una vigencia indefinida o superior a 15 años
Los permisos comunitarios son válidos para conducir en todo el territorio de la UE
Enlace a la información: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/Renovacion-de-permisos-de-conduccion-comunitarios/